El Plan Anual representa, el desarrollo operativo anual para lograr los objetivos planteados en el Plan Estratégico Local.  Nuestra ley lo detalla en el art 46, considerando condiciones de pertinencia y factibilidad de realización como: dotación de docentes y asistentes de la educación requerida para el ejercicio de las funciones administrativas y pedagógicas necesarias para el desarrollo del proyecto educativo institucional,  acciones de apoyo técnico-pedagógico a desarrollar para cada uno de los establecimientos educacionales de dependencia del Servicio y el estado de avance de los objetivos y metas contenidas en el convenio de gestión educacional.

El Plan Anual es generado en distintas instancias participativas y colaborativas como la Conferencia de Directores, jornadas de trabajo ad-hoc y la aportación de distintos miembros de la comunidad educativa según corresponda.  El texto es presentado a nuestros órganos de gobernanza: Comité Directivo Local y Consejo Local quienes hacen observaciones a su contenido, todas son consideradas y respondidas por el director ejecutivo.  El documento mejorado por nuestros órganos es enviado a la Dirección de Educación Pública (DEP) quien también aporta observaciones todas atendidas por el director ejecutivo.  Así, a más tardar, el 15 de diciembre se presenta el documento final a través de acto administrativo. 

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